miércoles, 5 de septiembre de 2007

Las cosas como son: Senador Navarro

El pasado 29 de Agosto, el presidente de la CUT llamó a realizar movilizaciones y manifestaciones en contra de casi cualquier cosa que se le ocurriera a las personas. En aquella oportunidad fue bastante publicitado un bastonazo que le dio un carabinero al senador en cuestión, llegando a sangrar e ir a la posta porsiaca (uno nunca sabe qué puee pasar en esos casos).

Después de eso todos tenían una impresión de que era una víctima pobre e inocente, hasta que en llutú subieron un video que mostraron en CHV donde se ve al senador encarando a otro carabinero. Lamentablemente las imágenes no son muy claras ni quietas, pero se cacha clarito que el senador no es amable y hasta le tira una patá (ademán identificable por la inclinación angular de su cuerpo con respecto a su eje acompañado de un reposicionamiento de la cabeza y de una cara de agressor).

Si bien esto muestra que no es inocente, tampoco se exime de culpas al carabinero porque debería comportarse y no andando pegándole a cualquiera porque sí y menos por la espalda.

En todo caso, la marcha NO ESTABA AUTORIZADA: aquí en nuestro país, donde estamos en democracia, si vamos a hacer una marcha y de alguna forma alterar el normal funcionamiento de las calles, hay que pedir permiso; en esta oportunidad no fue concedido y por tanto TODOS LOS WETAS QUE ESTABAN EN LA CALLE estaban actuando en contra de lo permitido y por tanto Carabineros debe actuar para mantener el orden público. No sé si está permitido el uso de fuerzas pero io los dejaría usarla pa dispersar a todos los mononeuronales.

Por último, el diputado Alberto Cardemil, dijo que lo que hizo el senaor Navarro estaba en contra de la Constitución Política de Chile. Específicamente, en el capítulo V, artículo 60, dice que
Cesará en su cargo el diputado o senador que ejercite cualquier influencia ante las autoridades administrativas o judiciales en favor o representación del empleador o de los trabajadores en negociaciones o conflictos laborales, sean del sector público o privado, o que intervengan en ellos ante cualquiera de las partes.

La verdad es que esto lo resuelve la ley pero a mi me huele a que no podría acusarse como un acto inconstitucional ya que en esta ocasión no había una negociación o conflicto específico.

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